¿Deseas comprar en República Dominicana, pero no puedes viajar al momento de la compra?

 


Según la legislación actual de la Rep. Dominicana, para firmar un contrato “definitivo” de compra/venta, hay que estar presente en el país. Se puede firmar promesa de venta o contratos de venta condicional, bajo alguna modalidad no presencial de las partes, pero para el contrato de venta definitivo hay que estar presente.

Sin embargo, existe la modalidad del “Poder”, que se le puede enviar desde el exterior un Poder firmado, debidamente elaborado en un consulado de la RD en ese país, a una persona de su confianza. Con algunas condicionantes, por ejemplo, si reside en los Estados Unidos el Poder debe se apostillado por el consulado y debe contener la firma adicional al Poderdante, un testigo. Si se reside en Europa, el Poder debe llegar a la República Dominicana, y luego ser apostillado en la Cancillería de Santo Domingo.

En resumen, las 5 cosas a tomar en cuenta:

  1. Para la firma de la promesa de venta o contrato de venta provisional, no es necesario estar en el país.
  2. Para la firma del contrato “definitivo” de compra/venta, hay que estar de forma presencial en la RD.
  3. Si otorgas un Poder consular a una persona, debe revisar bien los datos y que tenga la firma de un testigo adicional.
  4. Hay países donde se apostilla en el mismo consulado, en otros países se envía el poder a RD y el apostillado se hace en la Cancillería dominicana en Sto Dgo.
  5. El Poder tiene fecha de vencimiento y debe especificar muy bien, si es poder de venta y cobro del dinero envuelto en la negociación o sólo de venta.

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